{"id":2572,"date":"2025-12-04T17:25:27","date_gmt":"2025-12-04T17:25:27","guid":{"rendered":"https:\/\/publimetrosgo.net.ar\/index\/?p=2572"},"modified":"2025-12-04T17:25:27","modified_gmt":"2025-12-04T17:25:27","slug":"hcd-sanciono-diversas-iniciativas-4","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/publimetrosgo.net.ar\/index\/2025\/12\/04\/hcd-sanciono-diversas-iniciativas-4\/","title":{"rendered":"HCD: Sancion\u00f3 diversas iniciativas"},"content":{"rendered":"<p>02.12.25 En un clima de tranquilidad se llev\u00f3 a cabo la sesi\u00f3n ordinaria 38va presidida por su titular, Humberto Santill\u00e1n, con la presencia de 10 ediles. Pasaron a comisiones dos iniciativas; Una del DEM eleva proyecto de Ordenanza Tarifaria 2026 y empresarios del transporte urbano, elevan nota solicitando incremento del boleto \u00fanico.<\/p>\n<p>En la apertura, se realiz\u00f3 el acto protocolar de entrega de distinciones y\/o reconocimientos a personalidades e instituciones de nuestro medio que, el H. Concejo Deliberante, en nombre de los vecinos de la ciudad, realiza dicha tarea.<\/p>\n<p>En el desarrollo del plenario, se dieron ingreso a 12 expedientes, entre ellos, el proyecto del DEM, de Ordenanza Tarifaria 2026, que pas\u00f3 a comisi\u00f3n de Presupuesto y Hacienda. Tambi\u00e9n ingres\u00f3 una nota de empresarios del Transporte Urbano de Pasajeros \u201csolicitando incremento en la tarifa del boleto \u00fanico\u201d que se remiti\u00f3 a la comisi\u00f3n de Obras y Servicios P\u00fablicos.<\/p>\n<p>En la oportunidad, desde la bancada del Frente C\u00edvico se reserv\u00f3, se trat\u00f3 sobre tablas y se sancion\u00f3 la Resoluci\u00f3n por la que el H. Concejo Deliberante de la Capital \u201cfelicita a la Asociaci\u00f3n Civil Tintas del Estero, Personer\u00eda Jur\u00eddica en tr\u00e1mite N\u00ba 3.361\/32\/24 por la realizaci\u00f3n de la 4\u00aa Tatoo Expo, a realizarse los d\u00edas 13 y 14 de diciembre del cte. a\u00f1o, en el Nodo Tecnol\u00f3gico\u201d. Se har\u00e1 entrega de copia fiel de la Resoluci\u00f3n a los organizadores del evento.<\/p>\n<p>Asimismo, desde la bancada del Frente C\u00edvico, se reserv\u00f3, se trat\u00f3 sobre tablas y se sancion\u00f3 la Ordenanza por la que el H. Concejo Deliberante de la Capital \u201cdeclara de Inter\u00e9s Municipal, Cultural y Tur\u00edstico la \u201c43\u00ba Edici\u00f3n Nacional de Ciclo Turismo\u201d, a realizarse los d\u00edas 5, 6 y 7 de diciembre del cte. a\u00f1o, en la ciudad de Santiago del Estero, con motivo de celebrarse el D\u00eda Nacional del Ciclista\u201d. Se har\u00e1 entrega de copia fiel de la presente Ordenanza a los organizadores del evento.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, desde la bancada oficialista, se reserv\u00f3, se trat\u00f3 sobre tablas y se sancion\u00f3 la Ordenanza por la que el H. Concejo Deliberante de la Capital \u201cdeclara de Inter\u00e9s Municipal, Cultural y Deportivo \u201cEl Campeonato de 10 Km en Ruta\u201d en la ciudad de Santiago del Estero, en el marco de la Ciudad Corre a realizarse el 07 de diciembre del cte. a\u00f1o, conforme lo estipulado por la Ordenanza N\u00b0 4.803\/2.013\u201d. Se har\u00e1 entrega de copia fiel de la ordenanza a los organizadores del evento.<\/p>\n<p>Orden del D\u00eda<\/p>\n<p>En la oportunidad, con despacho de comisi\u00f3n, se sancionaron los siguientes proyectos:<\/p>\n<p>El oficialismo, por 8 votos positivos y 3 negativos, sancion\u00f3 la Ordenanza, propiciada por el Departamento Ejecutivo Municipal por la que \u201cla Municipalidad de la Capital adhiere a las disposiciones establecidas en los art\u00edculos 19 y 20 de la Ley Nacional N\u00b0 24.624 y la Ley N\u00ba 25.973- Fondos P\u00fablicos. Su inembargabilidad-, y sus Normas Complementarias, Concordantes y Correlativas, o las que en el futuro las sustituyan\u201d.<\/p>\n<p>As\u00ed tambi\u00e9n, indica el Art\u00edculo 2: \u201cAdhi\u00e9rese la Municipalidad de la Ciudad de Santiago del Estero a las disposiciones de la Ley Nacional N\u00ba 25.561 y la Ley Provincial N\u00ba 6.597, de Emergencia Econ\u00f3mica y Social, sus pr\u00f3rrogas, correlativas, concordantes y las que en el futuro las sustituyan. La presente tendr\u00e1 vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026\u201d.<\/p>\n<p>En los fundamentos, se indica que \u201cla mencionada Ley declara aplicable en beneficio de las provincias, municipios y la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, en relaci\u00f3n a los fondos p\u00fablicos que le pertenecen, el R\u00e9gimen de Inembargabilidad establecido en los art\u00edculos 19 y 20 de la Ley N\u00ba 24.624 y sus normas complementarias, o las que en el futuro las sustituyan\u201d.<\/p>\n<p>Agrega que \u201cla Ley N\u00b0 24.624 en su art\u00edculo 19 dispone la inembargabilidad de los fondos, valores y dem\u00e1s medios de financiamiento afectados a la ejecuci\u00f3n presupuestaria del sector p\u00fablico, ya sea que se trate de dinero en efectivo, dep\u00f3sitos en cuentas bancarias, t\u00edtulos, valores emitidos, obligaciones de terceros en cartera y en general cualquier medio de pago que sea utilizado para atender las erogaciones previstas en el Presupuesto General de la Naci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>A\u00f1ade que \u201cel art\u00edculo mencionado regula el procedimiento a seguir para el levantamiento de la medida judicial que se hubiera ordenado y\/o para el reingreso de los recursos afectados, de las cuentas judiciales a las cuentas y registros de origen\u201d.<\/p>\n<p>Concluye que \u201cla Ley N\u00ba 25.973 no solo declara aplicables a las provincias, municipios y Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires el r\u00e9gimen de Inembargabilidad de los bienes del Estado y de sus organismos, sino asimismo el procedimiento regulado para el cobro de las sentencias contra el Estado o sus entes posibilitando manejar sus pagos de acuerdo a las previsiones presupuestarias, en planes de pago o cuotas, como as\u00ed tambi\u00e9n importantes quitas al momento de abonar sentencias\u201d.<\/p>\n<p>As\u00ed tambi\u00e9n se sancion\u00f3, con el voto del oficialismo (8), la Ordenanza, promovida por el Departamento Ejecutivo Municipal, por la que \u201cse autoriza al DEM a prorrogar la autorizaci\u00f3n para contratar directamente camiones con cajas volcadoras y compactadoras, tanque para riego, palas cargadoras, pick-ups, tractores con desmalezadoras, topadoras, motoniveladoras, retroexcavadoras y\/o todas aquellas maquinarias y\/o servicios relacionados con la limpieza, sanidad urbana, recolecci\u00f3n, enterramiento y tratamiento final de residuos domiciliarios, barrido, limpieza y riego de calles, servicios de fumigaci\u00f3n y desagotes de pozos ciegos domiciliarios, a partir del 01de Enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre del 2026\u201d.<\/p>\n<p>Por otra parte, a instancias de una iniciativa del bloque Libres del Sur, se sancion\u00f3 la Ordenanza por la que el H. Concejo Deliberante de la Capital \u201cdeclara de Inter\u00e9s Municipal, Social y Comunitario la labor del Profesor Esteban Maximiliano Luna Iribarne, en reconocimiento a su trayectoria y aporte a la salud, la recreaci\u00f3n y el bienestar de los adultos mayores en los distintos centros de jubilados de nuestra ciudad, de conformidad a los fundamentos expuestos y a las disposiciones de la Ordenanza N\u00b0 4.803\/2.013\u201d. Se har\u00e1 entrega de copia fiel de la Ordenanza al Profesor mencionado.<\/p>\n<p>Se sancion\u00f3, a instancias de un proyecto del Frente C\u00edvico, la Ordenanza por la que el H. Concejo Deliberante de la Capital \u201cnomina como \u201cDr. Jos\u00e9 Guerino Yocca\u201d, a la actual Calle 410, que nace en la calle Jos\u00e9 Estrada, en el barrio Reconquista y se extiende hacia el sur hasta su intersecci\u00f3n con calle D\u00edaz Gallo, en el barrio Independencia, de conformidad al plano que se adjunta y forma parte anexa de la presente Ordenanza\u201d. El Departamento Ejecutivo arbitrar\u00e1 lo pertinente para que, a trav\u00e9s de la dependencia pertinente, se proceda a la colocaci\u00f3n de los nomencladores respectivos, invitando a la ceremonia a los familiares del profesional mencionado en el art\u00edculo que antecede.<\/p>\n<p>En los considerandos, se indica que \u201cla ciudad de Santiago del Estero ha sido cuna de grandes personalidades de los distintos estamentos sociales, que se han distinguido por sus cualidades personales o profesionales\u201d.<\/p>\n<p>A\u00f1ade el autor que \u201clas corrientes inmigrantes del viejo continente que inundaron toda la Rep\u00fablica Argentina, llegaron tambi\u00e9n al territorio de Santiago del Estero. Destacadas familias se afincaron en la extensi\u00f3n del territorio santiague\u00f1o, tal es el caso de don Jos\u00e9 Yocca, venido de la Rep\u00fablica de Italia\u201d.<\/p>\n<p>Agrega que \u201cafincado en la zona del Distrito Contreras, Departamento Capital de esta provincia, quien con su esposa do\u00f1a Cayetana Ludovica formaron una familia junto a sus tres hijos\u201d.<\/p>\n<p>Afirma que \u201cproducto de esa rama familiar nace en Santiago del Estero, un 10 de junio de 1.931 Jos\u00e9 Guerino Yocca, destacado y reconocido profesional del medio. Fue Abogado egresado de la Universidad de Tucum\u00e1n, ocup\u00f3 diversos cargos de relevancia, tales como Convencional Constituyente Municipal de Santiago del Estero, encargado de la reforma de la Carta Org\u00e1nica Municipal en el a\u00f1o 1.961; ocup\u00f3 cargos en la Justicia Ordinaria de la provincia; fue Escribano P\u00fablico; fue cofundador de la Universidad Cat\u00f3lica de Santiago del Estero, fue docente titular de dicha Casa de Altos Estudios; fue Decano de la Facultad de Ciencias Pol\u00edticas, Sociales y Jur\u00eddicas de la UCSE; fue integrante del Directorio de Radio Difusora de Santiago del Estero, S.A.; particip\u00f3 como miembro, directivo y\/o fundador de diversas asociaciones o entidades de la sociedad civil como el Movimiento Familiar Cristiano, Biblioteca Sarmiento; Acci\u00f3n Cat\u00f3lica; Club Atl\u00e9tico G\u00fcemes, y falleci\u00f3 en la ciudad de Santiago del Estero el 12 de agosto del a\u00f1o 2.007\u201d.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, se consider\u00f3 la iniciativa de la bancada oficialista, que sancion\u00f3 la Ordenanza por la que el H. Concejo Deliberante de la Capital \u201cdeclara de Inter\u00e9s Municipal, Social y Cultural, los libros titulados \u201cHuellas del Coraz\u00f3n\u201d y \u201cEcos del Alma\u201d, de autor\u00eda del escritor Luis Orlando Soria, de conformidad a los considerandos de la presente y a las disposiciones de la Ordenanza N\u00b0 4.803\/2.013\u201d. Se har\u00e1 entrega de copia fiel de la presente Ordenanza al autor de las obras mencionadas en el art\u00edculo precedente. \u2013<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>02.12.25 En un clima de tranquilidad se llev\u00f3 a cabo la sesi\u00f3n ordinaria 38va presidida por su titular, Humberto Santill\u00e1n, con la presencia de 10 ediles. Pasaron a comisiones dos iniciativas; Una del DEM eleva proyecto de Ordenanza Tarifaria 2026 y empresarios del transporte urbano, elevan nota solicitando incremento del boleto \u00fanico. 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