A casi dos años de la sanción de la Ley de Promoción de Alimentación Saludable -conocida como de Etiquetado Frontal- hay un avance del 63,3% de los aspectos normativos necesarios para su implementación (sellos, regulación de publicidad, etc.), aunque sólo siete provincias adhirieron, lo que impacta fundamentalmente en la falta de reglamentación de los entornos escolares y en las compras públicas de cada jurisdicción.
Los datos surgen del Mapa Normativo del Etiquetado Frontal en Argentina (etiquetadoenargentina.org), una herramienta desarrollada por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) y la Fundación Sanar presentado en la jornada inaugural del 1° Congreso de Políticas Alimentarias en Argentina, que se realiza entre este miércoles y jueves en la Ciudad de Buenos Aires.
El congreso está focalizado en debatir los avances y desafíos de la ley de Etiquetado Frontal. Del encuentro participan referentes del Ministerio de Salud y de Desarrollo Social de la Nación, organizaciones de la sociedad civil que impulsaron la ley en Argentina, representantes de comedores comunitarios y de organizaciones socioambientales, referentes de organismos internacionales como Unicef y de países con ley de etiquetado frontal como Chile, México, Perú, Colombia y Uruguay.
«Este índice que creamos -que se expresan en el mapa- contiene tanto las competencias a nivel nacional como las provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires en el aspecto normativo; el avance general de las normativas para que pueda implementarse la ley conocida como de Etiquetado Frontal es del 63,3%», detalló a Télam la nutricionista Florencia Guma, co-fundadora de Sanar.
Por su parte, la abogada María Laura Fons, del área de Salud de Fundeps, explicó que «Nación ya tiene la mayor cantidad de las normas complementarias (reglamentación, regulación de la publicidad, etc.) publicadas».
«Lo principal que le falta a Nación es la creación de un registro nacional de infractores, el resto está casi todo regulado», sostuvo.
Y especificó que «lo que atañe a las competencias de las provincias tienen que ver sobre todo con dos aspectos de la ley: los entornos escolares saludables y las compras públicas».
En este contexto, sólo siete provincias se adhirieron a la ley, de las cuales, cuatro (Chaco, Chubut, La Rioja y Río Negro) simplemente adhirieron y tres (Neuquén, Salta y Tierra del Fuego) mostraron algún avance, sobre todo en los mecanismos de implementación pero no respecto a componentes principales de la ley.
Las siete provincias que se adhirieron a la ley: Chaco, Chubut, La Rioja, Río Negro, Neuquén, Salta y Tierra del Fuego
Esto quiere decir que de las siete que avanzaron, ninguna dictó normas complementarias que garanticen escuelas libres de sellos ni normas que detallen cómo, desde las compras públicas, se garantizará una mejora de la calidad alimentaria.
En cuanto al componente de publicidad, promoción y patrocinio, la vía pública y los puntos de venta (dos ejes en donde las provincias cobran mayor relevancia) tampoco se han pronunciado.
«Esto no quiere decir que en las provincias no se implementa nada de la ley, porque hayan adherido o no, es obligatoria y todas las provincias tienen la cobertura de las competencias nacionales que son más del 60% de las normas necesarias para cumplirla», sostuvo Fons.
Dicho de otro modo, en la provincia que no adhirió, igual los productos tienen los sellos octogonales y también se puede denunciar una publicidad que no cumple con los requisitos de la ley en los canales habilitados por el Ministerio de Salud nacional.
De las siete provincias que avanzaron, ninguna dictó normas complementarias que garanticen escuelas libres de sellos ni normas que detallen cómo, desde las compras públicas, se garantizará una mejora de la calidad alimentaria
Sin embargo, en esos dos aspectos críticos (entornos saludables y compras públicas) la falta de regulación local hace peligrar la implementación de la ley.
«Entornos escolares saludables es muy amplio y abarca el ingreso de productos con sellos ya sea en kioscos, cantinas y comedores escolares; y esto se vincula con compras públicas, que tiene una política más flexible respecto de lo que se puede comprar», señaló la abogada de Fundeps.
Y señaló que «en ese sentido, son muchos los actores provinciales que intervienen, por ejemplo, deberían tomar el tema los ministerios de educación de las provincias, que muchas veces tienen otras preocupaciones y prioridades, y otros organismos que no tienen como prioridad la salud pública».
A modo de conclusión, Guma señaló que «todavía no hace dos años de la sanción de la ley; se avanzó un montón pero falta, y para que no pase con esta normativa lo que sucede con otras necesitamos de la ciudadanía reclamando que se cumpla porque son nuestros derechos y tiene que llegar a donde vivimos«.
Por su parte, Fons recordó que «entornos escolares saludables y compras públicas son las dos patas más sociales de la ley porque en general estamos hablando de niñeces y de personas que comen en comedores«.
«Son dos aspectos fundamentales para que la ley no quede sólo en el etiquetado frontal que, si bien es fundamental, necesita de las otras patas para que el cambio sea integral y no sea sólo un derecho de quien puede ir a comprar y elegir lo que tiene menos sellos en el supermercado», advirtió.
La Ley 27.642 de Promoción de Alimentación Saludable -conocida como de Etiquetado Frontal- se sancionó el 26 de octubre de 2021 y el 23 de marzo de 2022 se publicó el decreto reglamentario 151/2022.
Uno de los ejes centrales de la ley es la colocación de sellos a los productos que tengan exceso de grasas, azúcares, sodio y calorías.