HCD: SE MODIFICA LA TASA DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEL 10% AL 3%

13.12.22 En un clima de tranquilidad, sin sobresaltos, se concretó, en la penúltima sesión ordinaria del período de prórroga, del Concejo Deliberante de la Capital, presidida por su titular, Humberto Santillán, y con la presencia de 10 ediles. Se modifica la Tasa de Espectáculos Públicos del 10% al 3%, incluye Teatro «25 de Mayo», Plaza Añoranzas y el teatro independiente; Se incorpora a la Ordenanza Salarial Vigente N° 2245/94 el Adicional Complementario de Santiago del Estero (ACSE) por lo que se modifica el Régimen Legal del Agente Municipal.

En la apertura se concretó la entrega de reconocimientos y distinciones a personas e instituciones de nuestro medio.

Distinciones

Fray Amado Montironi
http://cdsde.com.ar/index/2022/12/13/hcd-felicito-a-fray-amado-montironi-por-sus-57-anos-de-religioso/

Juan Manuel Rodríguez

http://cdsde.com.ar/index/2022/12/13/hcd-felicito-a-periodista-y-locutor-por-premio-faros-de-oro/

Sin Filtro 3ra Edición

http://cdsde.com.ar/index/2022/12/13/hcd-declaro-de-interes-municipal-y-cultural-el-evento-sin-filtro-3ra-edicion/

Ellas Crean Luz

http://cdsde.com.ar/index/2022/12/13/hcd-declaro-de-interes-municipal-y-comunitario-el-festival-ellas-crean-luz/

Adviento de Navidad

http://cdsde.com.ar/index/2022/12/13/hcd-declaro-de-interes-municipal-y-comunitario-el-evento-adviento-de-navidad/

Se dio ingreso a dos proyectos del bloque Libres del Sur.

En lo estrictamente parlamentario, se sancionaron los siguientes despachos de comisión:

Se sancionó a instancias de un proyecto del Frente Cívico, la Ordenanza por la que “se modifica el artículo 1° de la Ordenanza N° 4.314/09, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Establécese para los espectáculos a realizarse en el Teatro 25 de Mayo, por artistas o compañías locales o foráneas, como asimismo, los que tuvieren lugar en Plaza Añoranzas, salas de teatro independiente, cuya capacidad de espectadores sean de hasta ciento cincuenta (150) personas; una alícuota diferencial de la contribución que incide sobre Diversiones y Espectáculos Públicos, la que se determina en el tres por ciento (3%) de la recaudación bruta, por la recaudación de entradas”.

En los fundamentos, se indica que “el precitado instrumento legal, se limita a hacer pasible únicamente al Teatro 25 de Mayo, del pago de alícuotas por espectáculos artísticos que tuvieran lugar en su edificio”.

Se señala que “el evidenciado crecimiento experimentado por la ciudad en todo sus órdenes, está vinculado en gran medida al crecimiento turístico y a las propuestas culturales que se llevan adelante, a través de manifestaciones artísticas de diversa índole, lo que ha determinado indefectiblemente, la expansión de espacios físicos donde se llevaran adelante todo tipo de espectáculos culturales; quedando de esta manera desactualizado el texto de la norma contenida en el Art. 1° del la Ordenanza N° 4.314, al hacer referencia a una única institución”.

Apunta que “en virtud de los argumentos expuestos y en la necesidad de garantizar la conformidad del texto de la normativa aludida con la realidad imperante, como asimismo, en procura de garantizar un eficiente ejercicio de la potestad tributaria por parte del Municipio, es que se aconseja la sanción del siguiente proyecto”

Puntualiza que “el precitado instrumento legal, se limita a hacer pasible únicamente al Teatro 25 de Mayo, del pago de alícuotas por espectáculos artísticos que tuvieran lugar en su edificio”.

Concluye que “el evidenciado crecimiento experimentado por la ciudad en todo sus órdenes, está vinculado en gran medida al crecimiento turístico y a las propuestas culturales que se llevan adelante, a través de manifestaciones artísticas de diversa índole, lo que ha determinado indefectiblemente, la expansión de espacios físicos donde se llevaran adelante todo tipo de espectáculos culturales; quedando de esta manera desactualizado el texto de la norma contenida en el Art. 1° de la Ordenanza N° 4.314, al hacer referencia a una única institución”.

También se sancionó la Ordenanza, promovida por el Departamento Ejecutivo Municipal, por el que “se incorpora a la Ordenanza Salarial Vigente N° 2245/94 el Adicional Complementario de Santiago del Estero (ACSE) y se modifica el Régimen Legal del Agente Municipal -Ordenanza N° 359/71- estableciendo la Categoría 8 del escalafón como la mínima para el personal ingresante al municipio, establecidos mediante DECAC-2022-1010-E-MUNISANTIAGO-INT .-

En los fundamentos, se indica que “este Departamento Ejecutivo Municipal desde el inicio de su gestión en el año 2018 ha adoptado numerosas medidas que, en forma concatenada y progresiva, han dotado a la planta de agentes del municipio de mayor estabilidad y disponibilidad de los beneficios de la seguridad social (Obra Social y Aporte Jubilatorio), adhiriendo así mismo a las medidas dispuestas por el Gobierno Provincial en materia de política salarial”.

Más adelante, concluye que “la medida señalada se traduce en la recategorización de todos los agentes públicos que posean la Cat. 6 y 7 del escalafón municipal los que pasaron a Cat. 8 de dicho escalafón a partir del 01 de Agosto de 2022”.

Se sancionó, a instancias del Frente Cívico, la Ordenanza por al que “se declara de Interés Municipal la “Capacitación para empleados de la Secretaría de Trabajo”, para la atención de las personas con discapacidad auditiva, que se dictan en el SUM de la Secretaria de Trabajo de la Provincia. Comenzó en el mes octubre y finaliza el 14 de diciembre del año en curso”.

En los fundamentos se señala que “la jornada de concientización y capacitación es llevada adelante por la Prof. María Marta Silva, profesora de educación especial con orientación en Sordo Hipoacúsico, interprete en Lengua de Señas Argentinas”.

Entre otros conceptos se indica que “el significado de equidad de oportunidades, hace a una sociedad sin barrera, permitiendo la accesibilidad a diferentes ámbitos sin límites sin rótulos. En la actualidad se busca la inclusión de la comunidad sorda en el acceso a la información televisiva, haciendo énfasis en el derecho a la comunicación de las personas con discapacidad auditiva”.

Se sancionó la Ordenanza, por la que “se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a prorrogar la autorización para contratar camiones con cajas volcadoras y compactadoras, tanques para riego, palas cargadoras, pick-ups, tractores con desmalezadoras, topadoras, motoniveladoras, retroexcavadoras y/o todas aquellas maquinarias o servicios relacionados con la limpieza, sanidad urbana, recolección, enterramiento y tratamiento final de residuos domiciliarios, barridos, limpieza y riego de calles, a partir del 01 de Enero de 2.023 y hasta el 31 de Diciembre de 2.023”.

A instancias del Consejo Consultivo de la Tercera edad, se sancionó la Ordenanza por la que “se declara de Interés Cultural los libros “La Telma, una historia de Eros y Agape” (novela) de Marta Susana Pérez y “Piel de Otoño” (poemario) de Francisca Toscano”.

Se sancionó la Ordenanza, promovida por el Frente Cívico, por la que “se felicita al Señor Rodrigo Héctor Rivero, D.N.I. Nº 31.311.861, por sus logros deportivos como Arbitro Nacional de Futbol, y por su debut en la Liga Profesional de la Asociación del Futbol Argentino, y por los considerandos expuestos precedentemente”.

Por último, se sancionó la Ordenanza, promovida por el Frente Cívico, por la que “se felicita a los ciudadanos santiagueños: Ángel Pinto (63 kg), Víctor Mattar (79 kg), Rodrigo Argañaraz (84 kg) y Walter Ojeda (92 kg), integrantes de la Selección Argentina y que participaron en el Campeonato Panamericano de Kickboxing, llevado a cabo entre los días 16 y 20 de noviembre del corriente año, en Cascavel Brasil”.

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