HCD: PRORROGÓ LA AUTORIZACIÓN PARA CIRCULAR A TAXIS Y RADIOTAXIS MODELO 2011 Y 2012

En un clima de tranquilidad, y presidido por su titular, Humberto Eduardo Santillán, con la presencia de doce ediles, se concretó la sesión 39na del período ordinario de prórroga. En la oportunidad, prestó juramento la concejal electa, Dra. Gabriela Ortíz (FC).

Desarrollo Deliberativo

Concluido el acto de toma de juramento a la flamante concejala, Dra. Gabriela Ortiz, se procedió al ingreso de expedientes.

En la ocasión, la concejala, Cra. Marisa Pérez Nazar (FC), solicitó la reserva, tratamiento sobre tablas y sanción de la Ordenanza por la que “se declara de Interés Municipal y Comunitario la realización del Festival “Ellas Crean Luz”, organizado por la Asociación Civil MAMA, un Colectivo de Sueños a llevarse a cabo los días 17, 18 y 19 de diciembre del año en curso, en calle Nicolás Reppeto y 2 de Abril, del barrio Ejército Argentino y en concordancia con las disposiciones de la Ordenanza 4803/2013. Se hará entrega de copia fiel de Ordenanza a la señora presidente de la institución, Sra. Andrea Soledad Medina.

Al fundamentar el proyecto, la autora señaló que “la Asociación Civil MAMA- Un colectivo de Sueños, es una ONG que nace con la idea de generar sororidad efectiva con las mujeres y en tal carácter han organizado un festival en el marco del 3er aniversario de la asociación.

La asociación con esfuerzo y dedicación viene trabajando en diferentes áreas de acción con mujeres en conversatorios, congresos y actividades potenciando sus posibilidades con intervenciones sociales y comunitarias tales como, merenderos y comedores.

La ONG, acompaña a familias, niños y niñas desde el área BioMAMA  con la mirada y trabajo ecológico. Así también, cuenta con el acompañamiento del Gobierno Provincial y articulando con la Municipalidad de la Capital”.

Así a instancias de la edil, Cra. Marisa Pérez Nazar, también se reservó, se trató sobre tablas y se sancionó la Ordenanza por la que “se declara de Interés Municipal y Comunitario, la realización del evento solidario “Adviento de Navidad” organizado por el partido IFE “Igualdad y Federalismo” y la Asociación Civil Boulevard de los Sueños, a desarrollarse el día 17 de diciembre del corriente año en Mzna 15 Lote 11 Sector 450 viviendas del barrio Villa del Carmen, y en concordancia con las disposiciones de la Ordenanza Nº 4803/2013. Se hará entrega de copia fiel al señor presidente del Partido IFE “Igualdad y Federalismo” Pablo Ariel López; y a la señora Presidente de la Asociación Civil Boulevard de los Sueños, Mabel Villalba Torres.

Sanciones con despacho de comisión;

Ordenanza promovida por la Secretaría de Economía, adhiriendo a la Ley Nacional Nº 25.561 y Ley Provincial Nº 6.597 de Emergencia Económica y Social.

El H. Concejo Deliberante de la Capital, sancionó la Ordenanza por la que “se adhiere a las disposiciones establecidas en los Artículos 19º y 20º de la Ley Nacional N° 24.624 y la Ley N° 25.973-Fondos Públicos. Su inembargabilidad, y sus normas complementarias, concordantes y correlativas, o las que en un futuro las sustituyan”.

En el Artículo 2do “se adhiere la Municipalidad de la Ciudad de Santiago del Estero a las disposiciones de la Ley Nacional N° 25.561 y la Ley Provincial N° 6.597, de Emergencia Económica y Social, sus prorrogas, correlativas, concordantes y las que en un futuro las sustituyan. La presente tendrá vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2023”.

En los fundamentos, el DEM, indica que “la mencionada Ley declara aplicable en beneficio de las provincias, los Municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en relación a los fondos públicos que le pertenecen, el Régimen de Inembargabilidad establecido en los artículos 19º y 20º de la Ley N° 24.624 y sus normas complementarias, o las que en el futuro las sustituyan”.

Agrega que “la Ley N° 24.624 en su artículo 19º dispone la inembargabilidad de los fondos, valores y demás medios de financiamiento afectados a la ejecución presupuestaria del sector público, ya sea que se trate de dinero en efectivo, depósitos en cuentas bancarias, títulos, valores emitidos, obligaciones de terceros en cartera y en general cualquier medio de pago que sea utilizado, para atender las erogaciones previstas en el Presupuesto General de la Nación”.

Indica que “el artículo mencionado, regula el procedimiento a seguir para el levantamiento de la medida judicial que se hubiera ordenado y/o para el reingreso de los recursos afectados, de las cuentas judiciales a las cuentas y registro de origen”.

Subraya que “el Articulo 20º de la Ley N° 24.624 se refiere al procedimiento para el cobro de sentencias condenatorias contra el Estado Nacional o alguno de los entes enumerados en el artículo 19º”.

Concluye que “la Ley N° 25.973 no solo declara aplicables a las provincias, municipios y Ciudad de Buenos Aires el Régimen de Inembargabilidad de los bienes del Estado y de sus organismos, sino también el procedimiento regulado para el cobro de las sentencias contra el estado o sus entes posibilitando manejar sus pagos de acuerdo a las previsiones presupuestarias, en planes de pago o cuotas, así como importantes quitas al momento de abonar sentencias”.

Ordenanza, promovida por el Frente Cívico, por la que se dispone prorrogar la autorización para la circulación de taxis 2.011 y 2.012.

En efecto, la Ordenanza sancionada establece “ART. 1º PRÓRROGA DE AUTORIZACIÓN PARA CIRCULAR. Prorróguese la autorización para circular a regir durante el año 2023, únicamente a las unidades vehiculares modelo 2011 y 2012, que se encuentren afectadas al servicio de taxis y radiotaxis en la ciudad capital.

Se autorizará la circulación de los vehículos descriptos en el párrafo precedente, desde fecha 31/12/2022 hasta el momento en que opere el vencimiento natural de la habilitación obtenida, conforme lo establecido por la Dirección de Tránsito y Transporte Urbano de la Municipalidad de la capital, sujeto al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2º de la presente.

ART. 2º . REQUISITOS. Se establece con carácter obligatorio, a los fines de resultar beneficiados por lo dispuesto en la presente Ordenanza, el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a)            Presentar la constancia de aprobación de la Revisión Técnica Vehicular de la unidad de que se trate hasta fecha 31/12/2022, como requisito imprescindible, a los fines de acogerse al beneficio estipulado en la presente ordenanza; debiendo dicha revisación ser practicada cada SEIS (6) MESES mientras dure el período de prórroga, es decir hasta las siguientes fechas: 30/06/2023 y 30/12/2023.

b)           Cumplimentar los demás recaudos legales dispuestos por Ordenanza N° 4133/07 y 5476/17 en relación a la solicitud y/o renovación de la habilitación correspondiente.

ART. 3º .- CÓMPUTO DE DE PRÓRROGA. La prórroga comenzará a regir a partir de la fecha en que opere el vencimiento de la habilitación otorgada, de conformidad a lo dispuesto por la Dirección de Tránsito y Transporte Urbano de la Municipalidad de la ciudad capital y finalizará de igual modo, es decir, en la fecha en que tuviere lugar el vencimiento de plazo de renovación de la unidad de que se trate, el que opera por grupos, conforme al siguiente criterio:

Grupo 1-500: marzo del 2024;

Grupo 501-1000: abril del 2024.

Grupo 1001-1500: mayo del 2024.

Grupo 1501 al terminar:  junio del 2024.

ART. 4º .- En virtud del carácter excepcional que reviste la concesión de prórroga; operado su vencimiento, será obligación de todos los prestadores que posean unidades automotrices modelo 2011 y 2012 afectadas al servicio de taxis y radiotaxis, cumplimentar con todos los requisitos, sin excepción, dispuestos en Ordenanza 4133/07 y 5476/17, a los fines de renovar la habilitación correspondiente; bajo apercibimiento de obtener la denegatoria de su solicitud.

La Ordenanza, promovida por el Frente Cívico, que declara de Interés Municipal y Cultural el evento denominado «Sin Filtro 3° Edición” a desarrollarse el 16 de diciembre del corriente año.

Ordenanza por la que se declara de Interés Municipal el 8vo. Congreso Internacional de Dispositivos pedagógicos “Educar para transformar, un desafío constante”, a realizarse el día 10 de diciembre.

En los fundamentos, el autor indica que “desde Santiago del Estero, proyectándonos a nivel nacional, latinoamericano, el Centro Cultural del Bicentenario de Santiago del Estero y Congresos y Capacitaciones Consultora (CyT) en forma conjunta están organizando el 8vo. Congreso internacional de Dispositivos Pedagógicos”.

Agrega que “el Congreso se encuentra enmarcado dentro de las actividades anuales de ambas instituciones, con el propósito de generar un espacio de encuentro y reflexión crítica de políticas, investigaciones, dispositivos, saberes y prácticas, con miras a favorecer la construcción colectiva de respuestas a los desafíos que la transversalización de la temática ha suscitado para el campo educativo y en general”.

Afirma que “contará con reconocidas figuras del mundo académico, expertos de política educativa a nivel nacional e internacional, a fin de enriquecer el análisis y mirada en torno a las temáticas contemporáneas de relevancia en los escenarios educativos pos pandémicos”.

Concluye que “desde la organización se tiene previsto la participación de alrededor de 1.000 inscriptos presenciales y 10.000 en forma virtual, los cuales participaran en forma gratuita, lo que convertirá al evento en el más importante de la temática a desarrollar en nuestro país durante el año 2.022”.

Ordenanza por la que se felicita a Fray Amado Agustín Montironi al celebrar sus 57 años de religioso en la Orden de Predicadores de Santo Domingo.

En los fundamentos, Presidencia señala que “Fray Amado Agustín Montironi nació en Alejandro Roca Rio IV Córdoba y desde muy chico manifestó una firme vocación religiosa”.

Agrega que “fue consagrado en la Orden de Predicadores de Frailes Dominicos el 15 de febrero de 1965 y luego de dar sus primeros pasos en Tucumán llegó a Santiago del Estero, en 1975 como delegado de la Secretaría de la Familia y de la Coordinación Pastoral Juvenil”.

Señala que “en Tucumán fundó el Club Juvenil Santo Domingo y tras su traslado hizo lo propio en nuestra provincia y más tarde en la Rioja. El Club Santo Domingo formó en la Fe a decenas de miles de jóvenes, hoy convertidos en profesionales dispersos por todo el país”.

Subraya que “actualmente oficia como Sacristán Mayor de los Iglesia Santo Domingo, hospedero de Santo Domingo y encargado de la Casa de Retiro de Santo Domingo. Además, es fundador de la Fraternidad Fray Juan Macías y del Club de Abuelos de Santiago del Estero”.

Concluye que “su intensa actividad lo encuentra hoy, celebrando sus 57 años de religioso en la Orden de Predicadores de Santo Domingo, luego de sobrellevar dolencias en sus salude que nunca pudieron mermar su entrega a Dios y al servicio espiritual de los fieles”.

Ordenanza por la que se declara de Interés Municipal y Cultural el evento denominado “SIN FILTRO 3° EDICIÓN”, a desarrollarse el 16 de diciembre del año en curso, en la Casa Argañaraz Alcorta y de conformidad a lo dispuesto por Ordenanza 4803/2013. Se hará entrega de copia de Ordenanza a los organizadores del evento enunciado en la persona de la Arq. Natalia Martin.

La muestra “Sin Filtro”, comenzó en los inicios de la pandemia, siendo la primera muestra de arte en la Casa Argañaraz Alcorta en el 2.020 y, que en 2.021 se concretó la segunda edición.

La temática versa sobre como expresar a través del arte, las emociones y sentimientos. Los expositores de esta edición serán el profesor Franco David Vera, egresado en la Academia de Bellas Artes Juan Yaparí y la artista plástica Natalia Martin. Que, en esta tercera edición, se expondrán pinturas, instalaciones, ilustraciones, etc.

También cabe destacar que los eventos anteriores, tuvieron importante respuesta, difusión y visitas.

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