El HCD instituyó la semana de las Islas Malvinas

29.03.22 Este martes 29, sin desencuentros, con total normalidad, se concretó la 5ta Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante de la Capital, presidida por su vicepresidente primera, Sofía Dolores Ramírez, contando el cuerpo con la presencia de 9 ediles. En la oportunidad se instituyó la semana de las Islas Malvinas durante el transcurso de la fecha comprendida entre los días 26 de marzo y 2 de abril de cada año; Se declaró de Interés Municipal, Social y Cultural, a todos los actos que se lleven a cabo en el marco de los “40° años de la Gesta de Malvinas”, entre otras iniciativas, “se instituye, el 24 de marzo de cada año, la “Semana Municipal de la Memoria, la Verdad y la Justicia”.

Reconocimientos (Ejecutar Links)

En la oportunidad, se concretó el acto de entrega de la Ordenanza 5980 y Ordenanza 5993 y plaquetas recordatorias a miembros de la Comisión Directiva del Club Independiente BBC, encabezados por su presidente, Carlos Basualdo, secundado por el tesorero José Basualdo; director deportivo, Javier Montenegro y el jugador, Bruno Ingrata.

Tratamiento sobre tablas

En la continuidad de la sesión, desde la bancada del Frente Cívico, se dio ingreso al expediente 205/28/22, por el que “se felicita al Club Atlético Estudiantes, del barrio Huaico Hondo, por sus 109º años de vida institucional, en base a los considerandos expuestos precedentemente”. Asimismo, se declara de Interés Municipal, Social, Deportivo y Cultural todas las actividades que se desarrollen en el marco de los festejos. Se hará entrega de copia fiel de la Ordenanza y plaqueta recordatoria en la persona de la presidenta de la institución deportiva, Ivanna Paola Mujica.

Mismo trámite, a instancias del Frente Cívico, tuvo el expediente 220/28/22, por lo que se sancionó la Ordenanza que “instituye la semana de las Islas Malvinas durante el transcurso de la fecha comprendida entre los días 26 de marzo y 2 de abril de cada año, en la cual se realizaran actos de homenaje en memoria de los argentinos que dieron sus vidas en la guerra por la recuperación de las Islas Malvinas”.

En los considerandos, el autor afirma que “el conflicto bélico que enfrento nuestro país en el año 1982, en nuestras Islas Malvinas, significó uno de los hechos más importantes de la historia argentina, y también constituye uno de los episodios más dolorosos de nuestra historia reciente”.

Sostiene que “al conmemorarse 40 años de un conflicto armado disputado en tierras inhóspitas, la sociedad en su conjunto, deben honrar la memoria de los compatriotas que dieron su vida en la guerra por la recuperación de las Islas Malvinas es un compromiso de honor ineludible”.

Entre otras consideraciones, concluye que “es necesario transmitir a las nuevas generaciones la importancia de estas fechas, a través de acciones claras de respeto y reconocimiento hacia aquellos soldados argentinos que murieron en defensa del suelo patrio”.

Por último, a instancias del bloque oficialista, se sancionó, sobre tablas, la Ordenanza por la que “se declara de Interés Municipal, Social y Cultural, la jornada de reflexión y      concientización sobre la importancia de generar espacios inclusivos, en diferentes ámbitos de la vida cotidiana, a las personas del Espectro Autista, organizado por la Asociación Sonckoy Manta, a llevarse a cabo entre los días 1 y 4 de abril del corriente año, en el marco del ” Día Mundial de Concientización sobre el autismo”.

Sanciones

Asimismo, con despacho de comisión y por unanimidad, se sancionaron los siguientes despachos:

Ordenanza por la que “se felicita al Club Comercio Central Unidos por sus 90° años de vida institucional, a realizarse el próximo 30 de marzo del año en curso”. Se declara de Interés Municipal las actividades programadas en el marco de su aniversario. Se hará entrega de copia fiel de la Ordenanza y una plaqueta recordatoria a la Institución enunciada.

El despacho indica que “el próximo 30 de marzo el Club Comercio Central Unidos, estará cumpliendo 90 años de vida institucional. Nació el día 30 de marzo de 1.932 de la fusión de Principiantes Unidos y de Comercio Central, con domicilio legal en avenida Belgrano N° 1058 del popular barrio Huaico Hondo”.

Destaca que “fue primer Tricampeón del fútbol local (1938,1939 y 1940), destacándose importantes jugadores de la cartera del club, también con amplio recorrido en los torneos Argentino B y Federal organizados por la Asociación de fútbol argentino. También la destacada participación en torneos provinciales e internacionales con nuestras divisiones inferiores”.

Indica que “en el año 2006 su presidente Pablo Tovigino, obtuvo una mención especial, siendo presidente del concejo federal de futbol y tesorero de A.F.A (Asociación de Fútbol Argentino)”.

Concluye que “la entidad roja y negra ha sumado nuevas disciplinas deportivas, generando cada año importantes encuentros, no solo propio de las competencias de cada deporte sino también del ámbito cultural, cumpliendo una importante función de contención social en nuestra sociedad, además de lo estrictamente deportivo ya que la institución cuenta con más de 300 chicos en distintas divisiones”.

Ordenanza por la que “se declara de Interés Municipal, Social y Cultural, a todos los actos que se lleven a cabo en el marco de los “40° años de la Gesta de Malvinas”, a realizarse en la ciudad de Santiago del Estero el próximo 2 de abril del año en curso”.  Se hará entrega de copia fiel de la Ordenanza y plaqueta recordatoria en la persona del presidente del Centro de ex Soldados Combatientes del Atlántico Sur, David Alfredo Díaz. –

En los fundamentos, entre otros conceptos, se indica que “el próximo 2 de abril del año en curso se cumplen 40 años de la gesta de Malvinas, fecha en que la Republica Argentina inició el desembarco de tropas en las islas usurpadas por Inglaterra desde 1833”.

Agrega que “el vínculo de los argentinos con la Islas Malvinas que se renueva cada 2 de abril tiene una fortaleza inquebrantable, está basado en la convicción de que nos pertenecen y sustentado en un trabajo incansable para alcanzar ese día sublime en el que podamos nuevamente ejercer nuestra soberanía en esa tierra tan cara a los sentimientos de los argentinos”.

Concluye que “razón por la cual, los distintos estamentos de nuestra sociedad han programado innumerables actos con el solo conmemorar este día que invita recordar y honrar a nuestros compatriotas que dieron la vida defendiendo valientemente la soberanía sobre las Islas Malvinas, como así también a aquellos que combatieron y conviven a diario con las huellas imborrables del conflicto armado”.

Ordenanza por la que “se instituye, el 24 de marzo de cada año, la “Semana Municipal de la Memoria, la Verdad y la Justicia”.

Por esta ordenanza “se convoca a las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades, asociaciones y actores comunitarios a presentar expresiones artísticas y culturales referidas a la mencionada conmemoración”.

Se señala que “el Departamento Ejecutivo arbitrará los medios pertinentes para que el 24 de marzo de cada año, se proceda, en todas las dependencias municipales, a izar la Bandera Nacional a media asta”.

En los considerandos se indica que “la Ley Nacional ° 25.633, sancionada en agosto de 2002 por la cual se instituye el 24 de marzo como “Día Nacional de la Memoria, por la Verdad y la Justicia”, por el cual se conmemora a las víctimas de la última dictadura militar, autodenominada “Proceso de Reorganización Nacional”, que usurpó el gobierno del Estado Nacional Argentino entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983”.

Agrega que “la Junta Militar de ese entonces llevó a cabo un plan sistemático de genocidio que planificó y ejecutó desde el terrorismo de Estado”.

Sostiene que “se instalaron casi 600 centros clandestinos de detención y exterminio, donde militantes políticos, estudiantes, gremialistas, etc., padecieron torturas físicas y psicológicas”.

Concluye que “la memoria se convierte en una de las formas de reparación que tiene por obligación el Estado con las víctimas, y con la sociedad, para ampliar el reconocimiento del pasado social como parte de la identidad generacional, social e institucional en el presente”.

Ordenanza, promovida por el Departamento Ejecutivo Municipal, por la que “se acepta la Donación de Inmueble destinado a EUG (Espacio de Utilidad General) ubicado en esta Ciudad Capital en Avenida Libertador S/N, en el barrio Santa Lucia: Polígono 59-60-64-65-59, que consta de las siguientes medidas angulares, lineales y linderos: al Noroeste el lado 59-60 con ángulo interno en 59: 98° 19’ 05”, mide 82,56m, linda con fracción cedida a calle publica; al Noreste el lado 60-64 con ángulo interno en 60: 90° 00’ 00”, mide 135,00m, linda con Fracción cedida a cale publica; al Sudeste el lado 64-65 con ángulo interno en 64: 90° 00’ 00”, mide 102,30m linda con fracción cedida a calle publica y al Sudoeste el lado 65-59 con ángulo interno en 65: 81° 40’ 55”, mide 136,44m linda con Lote 3 de Suc de José Morales. Superficie 12.477,84m2, todo ello conforme al Plano de División, Amanzanamiento y Loteo conforme Antecedente autorizada su registración definitiva por la Dirección de Suelo Urbano Municipal, bajo el N°26 Año 2012 en expediente N° 8-I-2011 en fecha 17/04/12 y por la Dirección General de Catastro provincial bajo el N° 8206 Legajo 07 en expediente N° 9550-28-11, efectuada a favor de la Municipalidad de la Capital, por la Señora Roxana Geréz en su carácter de Socio Gerente de la firma INGECON S.R.L mediante Acta de fecha 12 de noviembre de 2021. Se acepta la Donación de Fracciones destinadas a apertura de calles, divisorias entre las Manzanas que surgen del Amanzanamiento y Loteo citado en el Artículo 1° de la presente.

Ordenanza, por la que “se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a donar a favor del OBISPADO DE SANTIAGO DEL ESTERO – CUIT N° 30-52092336-1, el inmueble ubicado en esta Ciudad, en el barrio Aeropuerto, entre las calles Base Aérea Argentina, El Cadillal, Aeropuerto Jorge Newbery y Mal Paso, el que conforme al Plano de Mensura, Unificación, Amanzanamiento y Loteo registrado por la Municipalidad de la Capital bajo el N° 80 del año 1995 y en la Dirección de Catastro bajo el N° 3405 leg 07, se lo designa como LOTE 7, MANZANA A, el cual mide y linda: 18,00 metros de frente e igual contrafrente por 37,00 metros de fondo, lindando al Noreste con calle pública y sudeste con calle Mal Paso, al Sudoeste con calle pública y al Noroeste con el lote 6 de la misma Manzana, con inscripción en el Registro General de la Propiedad Inmueble en Matrícula Folio Real N° 7N-14168”.

Indica que “los donatarios deberán destinar el inmueble para la construcción de una sede con fines exclusivamente religiosos y recreativos, no pudiendo ser alterado bajo ningún concepto”.

Por último, se sancionó la Ordenanza por la que “se condona el cien por ciento (100%), la deuda que mantiene la Asociación Civil Santiagueña, Social y Cultural Amigos del Tango (ASATO) con el Municipio de la ciudad de Santiago del Estero, bajo Legajo N° 52.433, bajo el concepto de Derecho de Actividad Comercial, Industrial y de Servicios”.

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